Índice de Contenido
- La Formidable Plataforma Logística Panameña.
- La Pujante Economía Panameña.
- El Sólido Sector Financiero.
- El Principio de Territorialidad Fiscal Rige en Panamá.
- La Estabilidad de la Inversión Extranjera.
- Aduanas y Comercio Exterior de Panamá.
- Migración y Mercado Inmobiliario en Panamá.
- Otras Razones válidas para Pensar en Panamá.
- Destino Predilecto del Turismo e Industria de Reuniones.
- Oportunidades de Negocios e Inversiones.
- Diversas Opciones para Hacer Negocios.
- Ventajas Haciendo Negocios con SA.
- Ventajas Protegiendo Patrimonios con FIP.
- Facilidades para Blindaje Legal Empresarial – Patrimonial.
- Facilidades para Sucursal, Filial y Subsidiaria de Empresa.
- Facilidades para Holding Empresarial.
- Beneficios que Ofrece Panamá.
- Entrada de Productos y Servicios al Mercado Panameño.
- Reglas del Juego Necesarias para tu Negocio o Empresa en Panamá.
1.2 Los Puertos Panameños de Clase Mundial
Es significativa la importancia que tiene la plataforma logística panameña, ya que además del canal interoceánico, se apoya en cinco puertos de clase mundial, situados en ambos océanos, su segundo componente logístico, integrado por tres puertos en el Atlántico: Cristóbal, Manzanillo International Terminal (MIT) y Colon Container Terminal (CCT); y dos puertos en el Pacífico: Balboa y PSA Panama International Terminal (también conocido como Puerto Rodman).
Con estadísticas del año 2024, actualizadas el 13 de enero de 2025, y a cargo de la Autoridad Marítima de Panamá, en cuanto al Movimiento de Contenedores en el Sistema Portuario Nacional, en TEU, los cinco puertos panameños conjuntamente sumaron 9,569,771 de Contenedores en 2024 (8,3M en 2023; 8,5M en 2022 y 8,6M en 2021). Mientras que individualmente, en 2024, MIT movilizó 2,712,653 contenedores (2,6M en 2023); Balboa 2,629,435 (2,3M en 2023); CCT 1,575,475 (1,3M en 2023); PSA 1,384,250 (1,0M en 2023) y Cristóbal 1,107,006 (888,306 en 2023).
Manzanillo International Terminal (MIT) es operado por la multinacional estadunidense SSA Marine, inició operaciones en 1995; Colon Container Terminal (CCT) es parte del Grupo Evergreen con sede en Taiwán e inició operaciones en 1997; y PSA Panama International Terminal forma parte del Grupo PSA International con sede en Singapur, sus operaciones de contenedores iniciaron formalmente en el año 2012.
En cuanto a los Puertos Cristóbal y Balboa, mediante la Ley No. 5 de 16 de enero de 1997, la Asamblea Legislativa de Panamá aprobó el Contrato de Concesión Administrativa sobre ambos puertos, celebrado entre el Estado panameño y la compañía Panama Ports Company, S.A. (PPC), que es una compañía subsidiaria de CK Hutchison Holdings, una multinacional con sede en Hong Kong. Esta compañía, a su vez ha estado en negociaciones para vender sus acciones en PPC a favor del consorcio integrado por el gestor de activos estadounidense BlackRock y Terminal Investment Limited (TiL), el brazo portuario de la gigante Mediterranean Shipping Company (MSC), la naviera más grande del mundo, quien sería el nuevo operador portuario de estos puertos panameños; de acuerdo al anuncio del 7 de marzo de 2025.
Es pertinente aclarar que para la fecha del Contrato de Concesión en 1997 y al día de hoy, los Puertos Cristóbal y Balboa han sido y continúan siendo de propiedad total del Estado Panameño; quien mediante el contrato básicamente lo que hizo fue autorizar que una empresa privada (PPC), se hiciera cargo de la explotación comercial de estos bienes públicos (Puertos Cristóbal y Balboa). Es decir, con el Contrato de Concesión Administrativa, el Estado Panameño, propietario pleno de ambos puertos, le encomendó a PPC su operación y explotación comercial, siendo deber del Estado Panameño asegurar que con dicha concesión, se obtenga el mayor beneficio para el Estado Panameño y el interés público.
También es pertinente aclarar que desde 1997, fecha de inicio de operación de los puertos Cristóbal y Balboa por parte de PPC, con fundamento en la Ley 19 de 11 de junio de 1997 (Art. 58), quedó claramente establecido que “toda nave o embarcación que transite o se desplace por las aguas del canal, los fondeaderos, los atracaderos y los puertos adyacentes a éste (MIT, CCT, PSA Panama, Cristóbal y Balboa), estará sujeta a las órdenes y a la supervisión del control de tráfico de la ACP, …”; lo cual confirma legalmente el control exclusivo del Canal de Panamá por manos panameñas, a través de la ACP, con independencia de quiénes sean los operadores portuarios en los puertos adyacentes a éste.
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